Problematica social y su regularizacion juridica


“Usó excesivo de desechables en el plantel Sor Juana Inés de la Cruz”

 Autoridades implicadas
Atribuciones al docente:
1.    Checar que cada uno de los alumnos lleve su vaso, plato, recipiente, termo etc.
2.    No permitir que los alumnos desperdicien material o necesariamente
Atribuciones del alumno:
1.    Cuidar que no se tire basura fuera de los botes de basura
2.    En el receso cuidara y vigilará que no haya vendedores ambulantes (alumnos)


Propuestas de solución y su regularización jurídica
1.Que cada alumno, docente y personal de la institución, lleve su recipiente y
los vendedores depositen su producto directamente.
2. Colocar bastantes contenedores para la basura, alrededor de la
institución
3. En la primera ocasión, que se incumpla el Art 3, sección III, se dará una
amonestación, en el segundo incumplimiento, será acreedor a una multa
monetaria de $20, si reincide la situación, no se le permitirá el acceso a la
institución.
4. Penalizar monetariamente, si se sorprende a los vendedores, si a en su
venta, se usan desechables.
5. Dar un día de suspensión, a los alumnos que se les observe realizando lo
que nos estipula el Art 5, sección V, sin excepciones.
Las cuáles se regularizaran a través de las siguientes leyes

 Ley general para la prevención y gestión integral de los residuos

Artículo 2.- En la formulación y conducción de la política en materia de prevención, valorización y gestión integral de los residuos a que se refiere esta Ley, la expedición de disposiciones jurídicas y la emisión de actos que de ella deriven, así como en la generación y manejo integral de residuos, según corresponda, se observarán los siguientes principios:
Fracciones:
I. El derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar;
II. Sujetar las actividades relacionadas con la generación y manejo integral de los residuos a las modalidades que dicte el orden e interés público para el logro del desarrollo nacional sustentable;
III. La prevención y minimización de la generación de los residuos, de su liberación al ambiente, y su transferencia de un medio a otro, así como su manejo integral para evitar riesgos a la salud y daños a los ecosistemas;
 V. La responsabilidad compartida de los productores, importadores, exportadores, comercializadores, consumidores, empresas de servicios de manejo de residuos y de las autoridades de los tres órdenes de gobierno es fundamental para lograr que el manejo integral de los residuos sea ambientalmente eficiente, tecnológicamente viable y económicamente factible;
VI. La valorización de los residuos para su aprovechamiento como insumos en las actividades productivas;

Ley general del equilibrio ecológico y la protección al ambiente
ARTÍCULO 7o.- Corresponden a los Estados, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley y las leyes locales en la materia, las siguientes facultades:
Fracción:
I.- La formulación, conducción y evaluación de la política ambiental estatal;
VI.- La regulación de los sistemas de recolección, transporte, almacenamiento, manejo, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos e industriales que no estén considerados como peligrosos de conformidad con lo dispuesto por el artículo 137 de la presente Ley;

Ley de Protección Al Ambiente del Estado de México
Artículo 9°. La Secretaría podrá promover ante las autoridades federales o locales
competentes, con base en los estudios que haga para ese efecto, la limitación,
condicionamiento o suspensión de la instalación o funcionamiento de industrias,
comercios, servicios, desarrollos urbanos o cualquier actividad que afecte o pueda
afectar el ambiente o causar desequilibrio ecológico

por: Dayan

Por: lessa

por: Abraham


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